FORMULARIO I-821, Estatus de Protección Temporal (TPS)

 El Departamento de Seguridad Nacional (DHS) puede designar un país extranjero al Estatus de Protección Temporal (TPS) debido a condiciones en dicho país que impiden a los ciudadanos del país regresar a su país temporalmente de manera segura. USCIS podría otorgar TPS a los nacionales elegibles de ciertos países (o partes de estos) que ya están en Estados Unidos.  Las personas elegibles que no tienen nacionalidad y cuya última residencia fue el país designado, también podrían obtener TPS.

El secretario de DHS podría designar un país al TPS debido a las siguientes condiciones temporales:

  • Conflicto armado en curso (tal como una guerra civil)

  • Un desastre natural (tal como un terremoto o huracán) o una epidemia

  • Otras condiciones extraordinarias y de carácter temporal.

Durante el periodo designado, las personas que son beneficiarias de TPS o que han resultado elegibles de forma preliminar al TPS durante la revisión inicial de sus casos, no serán removidos de Estados Unidos, pueden obtener un Documento de Autorización de Empleo (EAD), pueden obtener una autorización de viaje.

Una vez se le conceda TPS, una persona tampoco podrá ser detenida por DHS debido a su estatus migratorio en Estados Unidos.

Una solicitud al TPS no afecta una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio migratorio, o viceversa. La denegación de una solicitud de asilo o cualquier otro beneficio migratorio no afecta su capacidad para inscribirse al TPS.

Actualmente, los siguientes países se encuentran designados al TPS: Afganistán; Birmania (Myanmar); Camerún; El Salvador; Haití; Honduras; Nepal; Nicaragua; Somalia; Sudán; Sudán del Sur; Siria; Ucrania; Venezuela; y Yemen.

La información en ésta página se extrajo del sitio web oficial de USCIS